El BOE de 20 de julio de 2007 publica la ratificación por parte de España del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) de 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972, el 23 de octubre de 1978 y el 19 de marzo de 1991, hecho en Ginebra el 19 de marzo de 1991.
La revisión de 19 de marzo de 1991 del convenio UPOV consta de los siguientes capítulos:
Capítulo I. Definiciones. Artículo 1.
Capítulo II. Obligaciones generales de las Partes Contratantes. Artículos 2 a 4.
Capítulo III. Condiciones para la concesión del derecho de obtentor. Artículos 5 a 9.
Capítulo IV. Solicitud de concesión del derecho de obtentor. Artículos 10 a 13.
Capítulo V. Los derechos del obtentor. Artículos 14 a 19.
Capítulo VI. Denominación de la variedad. Artículo 20.
Capítulo VII. Nulidad y caducidad del derecho de obtentor. Artículos 21 a 22.
Capítulo VIII. La Unión. Artículos 23 a 29.
Capítulo IX. Aplicación del Convenio; otros acuerdos. Artículos 30 a 32.
Capítulo X. Clausulas finales. Artículos 33 a 42.
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